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[MUNICIPALES 2016] ESTO ES LO QUE SE PUEDE O NO PUEDE HACER EN CUANTO A PUBLICIDAD Y GASTO ELECTORAL

Foto Twitter  @Segpres
De cara a las elecciones municipales que se realizarán el 23 octubre queremos señalar algunas situaciones que antes eran normales actos de campaña, pero hoy no están permitidas.

En Curepto (no se si alguien lo recordará) existió al menos una gigantografía a la entrada de la capital comunal, llegando desde Talca con mástil metálico y de grandes dimensiones. También se acostumbró por años a colgar afiches de candidatos en postes del alumbrado público y en los vidrios posteriores de Buses. Bueno eso hoy no esta permitido debido a la vigencia de las nuevas leyes que fueron promulgadas recientemente como parte de la Agenda de Probidad y Transparencia impulsada por el Gobierno de la Pdta. Bachelet

En cuanto a la Propaganda. Solo a partir del 24 de agosto, los candidatos podrán hacer campaña en radios o prensa escrita en papel y electrónica, siempre y cuando estos medios hayan comunicado sus tarifas al SERVEL dentro de plazo. Un medio que hace propaganda electoral sin el requisito mencionado, se expone a fuertes multas por cada comercial.

Aprovechamos de manifestar nuestro completo compromiso con todos los candidatos que deseen publicar a partir del 24 de Agosto con nosotros. Nuestra experiencia, eficiencia y eficacia en Candidaturas Parlamentarias y Municipales en la web y redes sociales, y nuestra gran audiencia virtual, esta a disposición de todos ustedes.

En tanto, en calles y parques sólo será legal hacer publicidad electoral a partir del 23 de septiembre, un mes después que en la prensa y radioemisoras.

Se estableció un límite en el tamaño de los carteles ocupados de 2 metros cuadrados para lugares públicos y 6 metros cuadrados para espacios privados. Esta medida, pondría fin al uso de gigantografías. Ademas se debe notificar al SERVEL de este hecho, para que este tase  los mismos , para efectos del gasto electoral de cada candidato.

También se prohibió la propaganda aérea (en avionetas, por ejemplo) y utilizar buses, paraderos o postes de alumbrado público como soporte.

En cuanto a los brigadistas la nueva regulación exige mantener un registro de ellos y los vehículos de campaña y se indica que el candidato es "subsidiariamente responsable" de daños causados por actos delictivos de quienes llevan a cabo su campaña en terreno.

En cuanto al monto del Presupuesto de Campaña  Sólo las personas "físicas" pueden aportar, no las empresas. Además, cada comuna en general y Curepto en particular tiene un tope de gasto electoral definido por el SERVEL.

Para los candidatos a Alcalde de nuestra comuna el límite es de 10. 963.096 y en el caso de los candidatos a Concejal el limite al gasto electoral es de 5.481.548 detalles en la gráfica que sigue.


Todos los aportes (incluso los propios del candidato destinados para este fin) van a una cuenta bancaria vigilada por el SERVEL.


El Diario de CUREPTO.com
El Informativo de Curepto On Line